martes, 16 de abril de 2013

Palabras sabias de un hombre sabio




  • Según Sampedro,  ¿cómo nos educan? 
  • ¿Cómo cree Sampedro que podemos afrontar la situación actual?
  • ¿Qué opina Sampedro sobre la vida, sobre el hecho de “estar vivo”?
  • Según Sampedro, ¿cuál es la emoción que nos engaña, que nos paraliza?
  • ¿Qué opina Sampedro sobre la culpa?
  • ¿Cómo debería pensar el hombre libre? ¿Qué opina Sampedro sobre la libertad?
  • ¿Qué condición básica cree que es necesaria para tener democracia?
  • ¿Le interesa la política a Sampedro? ¿Qué opina Sampedro sobre la política de “no hay remedio”? ¿Por qué cree Sampedro que no funciona la democracia?
  • ¿Por qué cree Sampedro que salva antes a los bancos que a las personas? ¿Qué valores cree que se tienen como referencia? ¿Cómo explica Sampedro que los ricos sigan ganando dinero en plena crisis? ¿Qué solución aporta? ¿Qué opina sobre el poder?
  • ¿Qué opina sobre la afirmación “hemos vivido por encima de nuestras posibilidades?
  • ¿Qué futuro le augura Sampedro al capitalismo? ¿Cree que siempre fue malo?
  • ¿En qué confía Sampedro de cara al futuro?
  • ¿Qué es lo que, según Sampedro, hunde las sociedades?
  • ¿Estamos civilizados como colectividad? ¿Qué opción da Sampedro? ¿Qué define una cultura?
  • ¿Qué título le pondría Sampedro a esta situación si fuera una novela?


martes, 2 de abril de 2013

Declaración Universal de los Derechos Humanos


La historia de los derechos humanos comienza con la fundación de las Naciones Unidas (ONU) por la comunidad internacional en 1945. Frente a los horrores de la Segunda Guerra Mundial se esperó que con este organismo se podía impedir que lo vivido no se repitiera en el futuro en ningún lugar del mundo. La Carta de las Naciones Unidas se firmó el 26 de Junio de 1945 con el objetivo principal de “preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra” y ” reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre”.
Aunque el concepto de derechos humanos precede en el tiempo a las Naciones Unidas, la fundación de este organismo fue considerado como necesaria para que la idea obtuviera reconocimiento formal y universalmente. Por ello se estableció la Comisión de Derechos Humanos en 1946, que de allí hasta el año 2006 constituyó el principal órgano normativo en cuanto a derechos humanos dentro de la ONU.
Bajo de la presidencia de Eleanor Roosevelt, la viuda del Presidente estadounidense Franklin D. Roosevelt, un Comité de Redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos fue establecido para preparar una carta internacional de derechos humanos. La comisión consistió en 18 personas de diversas formaciones políticas, culturales y religiosas.
Los debates fueron complejos por el gran conflicto ideológico-político entre el sistema capitalista y el comunista que bipolarizó a la sociedad internacional y también a las Naciones Unidas. La Unión Soviética y sus aliados socialistas exigirán ir mucho más lejos en la definición de derechos económicos y sociales, en concreto de las minorías nacionales. Además los países socialistas daban una enorme importancia al principio de la soberanía estatal, prioritaria sobre los derechos humanos por lo que se oponían a la creación de un tribunal internacional de Derechos Humanos.
A pesar de eso la Comisión se reunió por primera vez en 1947 y entregó su propuesta a la Comisión de Derechos Humanos en 1948. Después de que más de 50 Estados Miembros habían participado en la redacción final, la Asamblea General, reunida en París, aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos en su resolución 217 A (III)del 10 de diciembre de 1948. Ocho naciones se abstuvieron de votar, pero ninguna votó en contra.
Hoy en día la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH) es el principal funcionario de derechos humanos de las Naciones Unidas. También es la Secretaría del Consejo de Derechos Humanos que reemplazó la Comisión de Derechos Humanos en junio de 2006. La responsabilidad de este organismo es hacer que rinda cuentas directamente a todos los Miembros de las Naciones Unidas. Hoy en día este organismo es el foro principal de la ONU para promover el respeto universal por la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
Aunque los derechos humanos ya tienen una historia larga todavía están violados en muchos lugares por lo que no podemos dejar de promoverlos y recordarnos de su universalidad y igualdad para todas las personas.

  • ¿Qué son las Naciones Unidas? ¿Cuáles son sus principales objetivos?
  • ¿Cuáles son sus principales órganos y qué funciones cumplen?
  • ¿Qué son los derechos humanos? ¿Cuáles son sus cuatro pilares fundamentales?
  • ¿Cuándo se fundó Amnistía Internacional? ¿Quién fue su fundador?
  • ¿Cuáles son sus principales objetivos?

ENLACES DE INTERÉS:
ÚLTIMO ACUERDO IMPORTANTE: EL TRATADO INTERNACIONAL SOBRE COMERCIO DE ARMAS




martes, 19 de febrero de 2013

¿Qué es el voluntariado social?

Por CHEMA DOMÈNECH. 


El voluntariado se ha definido en los últimos años de diversas formas, pero podemos quedarnos con la definición que hace la Ley aprobada en España en 1996, que lo describe como el conjunto de actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, siempre que las mismas no se realicen en virtud de una relación laboral, funcionarial, mercantil o cualquier otra retribuida y reúna los siguientes requisitos: que tengan carácter altruista y solidario; que su realización sea libre, sin que tengan su causa en una obligación personal o deber jurídico; que se lleven a cabo sin contraprestación económica, sin perjuicio del derecho al reembolso de los gastos que el desempeño de la actividad voluntaria ocasione; y que se desarrollen a través de organizaciones privadas o públicas y con arreglo a programas o proyectos concretos.
Según el profesor José Carlos García Fajardo, fundador de la ONG Solidarios y uno de los mayores expertos españoles en voluntariado, “el voluntario no es ni un héroe ni un santo. Es un acompañante que apoya silenciosamente y ayuda a que el otro tome las decisiones que le afecten.
La organización humanitaria para la que trabaje debe crear una red de apoyos para que los beneficiarios estén bien atendidos sin ‘quemar’ al voluntario. A éste no se le pide que deje a su familia, a sus amigos o sus ocupaciones. Más bien se trata de integrar su servicio de voluntariado social dentro de su vida normal, sin que esto ocasione distorsiones serias”.

Chema Domènech
Redactor jefe de Revista Perfiles

miércoles, 13 de febrero de 2013

Seguimos conociendo la Constitución



TITULO III
De las Cortes Generales

CAPÍTULO II
De la elaboración de las leyes. (art. 81-92)

Artículo 87
1. La iniciativa legislativa corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado, de acuerdo con la Constitución y los Reglamentos de las Cámaras.
2. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara un máximo de tres miembros de la Asamblea encargados de su defensa.
3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lo relativo a la prerrogativa de gracia.

Más cosillas...

Un ejemplo de ILP: la PAH




martes, 29 de enero de 2013

Conoce mejor TÚ CONSTITUCIÓN


La semana que viene el sindicato de estudiantes ha convocado una huelga de tres días. Ejercer un derecho, como el derecho a huelga, implica una enorme responsabilidad: la de formarse, informarse, leer y contrastar. Desde ahí, construye libremente tu punto de vista y  actúa en consecuencia, con responsabilidad y criterio propio. 

Esta semana en Ciudadanía vamos a comenzar a conocer mejor nuestra Constitución, el paraguas bajo el que se encuentran todas nuestras leyes. Empezaremos por el artículo 27, que regula el derecho a la educación, el 20 que garantiza la libertad de expresión y el 28 que regula el derecho a la huelga.




1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales.

7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la Ley establezca.

8. Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las Leyes.

9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la Ley establezca.

10. Se reconoce la autonomía de las Universidades en los términos que la Ley establezca.


 

1. Se reconocen y protegen los derechos:

  1. A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
  2. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
  3. A la libertad de cátedra.
  4. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.

4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.

5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.

 

1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La Ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.


En relación a los estudiantes, el derecho a la huelga se establece a partir de 3º de ESO, y con determinadas condiciones, en la LODE (Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Julio, reguladora del derecho a la educación). Ésto es lo que dice esa ley en su artículo 8, segunda parte del segundo parrafo:


"Las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir de tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase, no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro"


El único requisito que marca la ley es que los estudiantes aprueben la decisión de secundar la huelga en una reunión (asamblea de estudiantes o junta de delegados) y que se informe de esa decisión al director del centro antes de realizar la huelga. Como dice la ley, secundar la huelga no puede ser considerado ni una falta de conducta, ni una sanción.

Enlaces de interés:

miércoles, 23 de enero de 2013

¿Democracia representativa?

INFORMACIÓN: Sistemas electorales proporcionales y mayoritarios

Sobre la ley Electoral Española...
 

       El sistema electoral español 



El Congreso se compone de 350 diputados que representan a 52 circunscripciones. El reparto de diputados por circunscripción se hace según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).



Según esta norma, Ceuta y Melilla disponen de un diputado cada una, mientras que el resto de circunscripciones -provincias- tienen asignados dos diputados como mínimo y el resto se reparten según la población empadronada. Esto hace que Madrid y Barcelona sean las circunscripciones con más diputados, 36 y 31, respectivamente, y Soria la provincia con menos, los dos mínimos.



¿Cuál es el sistema de elección?


En España se utiliza la llamada ley D'hondt, que es un sistema de cálculo proporcional creado a finales del siglo XIX por el jurista belga Victor D'Hondt. Además de España, lo utilizan muchos otros países como Argentina, Francia, Bélgica, Finlandia, Irlanda, Israel o Japón.

¿En qué consiste el sistema D'Hondt? INFORMACIÓN AQUÍ
 
Además, en España las listas de los candidatos de cada partido son CERRADAS. Infórmate sobre listas cerradas/listas abiertas: INFORMACIÓN AQUÍ. 



       OTRAS OPCIONES:





En primer lugar, INFÓRMATE:

El partido del futuro: EL PARTIDO X

¿Qué se cuenta en la wikipedia? 



ACTIVIDADES:

1. ¿Qué diferencia hay entre los sistemas electorales proporcionales y los mayoritarios? ¿Cómo es el sistema español?

2. ¿Qué aspectos tiene en cuenta el sistema D´Hont?

3. ¿Qué opinas sobre el sistema electoral español? ¿Crees que es suficientemente representativo?

4. ¿Qué opinas sobre el partido X? ¿Cuál es el punto principal de su programa?

5. ¿Qué crees que podríamos modificar para mejorar nuestra democracia?




domingo, 13 de enero de 2013

¿Te atreves a soñar?




1.- ¿Crees que estás en tu zona de confort? Descríbela...

2.- ¿Cuál es tu sueño? ¿Qué fecha de caducidad le has puesto?

3.-  En tu caso, ¿qué tensión tiene más fuerza, la creativa o la emocional? Describe tus principales miedos. ¿Qué te paraliza?

4.- ¿Qué te motiva de cara a conseguir tu sueño? ¿Para qué quieres alcanzarlo? ¿Cómo lo vas a hacer?